Los proyectos de infraestructura suelen plantear debates complejos cuando afectan a comunidades indígenas, especialmente en asuntos vinculados al territorio, la consulta previa y la protección de derechos colectivos. En América Latina, uno de los casos que generó especial atención fue el de las comunidades Ngöbe Buglé en Panamá, afectadas por la construcción de la represa Chan 75.
En este escenario, Loreto Ferrer integró el equipo de especialistas que intervino en una misión de verificación promovida por la Fundación del Consejo General de la Abogacía Española (FCGAE). El trabajo desarrollado sobre el terreno hizo posible registrar la realidad de las comunidades y preparar un informe jurídico y técnico acerca de los efectos del proyecto, prestando especial atención a su eventual avance ante instancias interamericanas de derechos humanos.
La misión destinada a llevar a cabo la verificación en Panamá
La misión tuvo lugar del 25 al 30 de enero de 2011 y estuvo conformada por abogados expertos en derechos humanos. Su propósito consistió en comprobar directamente la situación de las comunidades afectadas por la construcción de la presa y contrastar la información oficial con la vivencia real de la población. Con este fin, el equipo sostuvo encuentros con autoridades, representantes de la empresa encargada del proyecto, organismos internacionales y la Defensoría del Pueblo, para luego desplazarse a Changuinola, en la provincia de Bocas del Toro, donde recorrió las áreas impactadas.
Durante el recorrido se visitaron comunidades como Charco de la Pava y Valle del Rey, junto con zonas de reubicación y espacios ya intervenidos por la obra. El vínculo directo con las familias y los líderes comunitarios constituyó un elemento esencial del proceso, ya que brindó la posibilidad de comprender de manera inmediata el grado de tensión, vulnerabilidad y pérdida de arraigo que muchas personas experimentaban desde que comenzó el proyecto.
Los ejes esenciales que estructuran el informe acerca de Chan 75
El análisis se estructuró en cinco ámbitos centrales: el derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado; la valoración de riesgos junto con el efecto social del proyecto; la devolución o compensación de tierras; las acciones de reparación; y la implicación de la comunidad en las decisiones y en los beneficios que surgen del desarrollo hidroeléctrico. Estos pilares posibilitaron examinar el caso de manera completa, integrando el marco jurídico nacional e internacional con la realidad constatada en terreno.
Según informó Loreto Ferrer, el informe buscaba ofrecer una base jurídica sólida y documentada que pudiera ser útil tanto para las comunidades afectadas como para las instituciones responsables. El propósito no era limitarse a cuestionar el proyecto desde una posición abstracta, sino evaluar si la actuación estatal y empresarial había respetado derechos fundamentales de los pueblos indígenas, como la propiedad colectiva, la participación, la integridad personal y cultural, y la consulta previa.
Hallazgos clave sobre los derechos de las comunidades Ngöbe Buglé
Entre las conclusiones más destacadas, el informe expone que inicialmente no se reconocieron plenamente sus derechos, en especial lo relativo a la personalidad jurídica de las comunidades y a la titularidad colectiva de sus territorios. Esa ausencia abrió la puerta a que la obra continuara sin consultas apropiadas ni análisis suficientes sobre sus repercusiones sociales y culturales.
Asimismo, se reunieron relatos que mencionaban situaciones de intimidación, aplicación desmedida de la fuerza, detenciones sin fundamento y procesos de negociación que no aseguraban que las familias afectadas pudieran tomar una decisión verdaderamente libre. A esto se añadieron dificultades en las áreas de reubicación, donde se detectaron fallas vinculadas al tamaño y la calidad de los terrenos, las oportunidades para la agricultura y la adecuación de las viviendas a la cultura Ngöbe.
Otro punto especialmente sensible fue el impacto moral y cultural del desplazamiento. La documentación del caso mostró afectaciones al tejido comunitario, pérdida de referencias territoriales y una demanda de reconocimiento público por los daños causados, más allá de las reparaciones materiales.
La eventual ruta ante organismos internacionales
Uno de los aspectos centrales de la labor consistía en que el informe pudiera funcionar como base para un posible trámite del caso ante el sistema interamericano de derechos humanos. En esa línea, la recolección de testimonios y la revisión de documentos se volvían fundamentales para respaldar un expediente con alcance internacional. “Resultaba crucial aportar insumos útiles en caso de que la Corte Interamericana decidiera admitir el caso. Por ello reunimos testimonios, detectamos patrones de actuación, examinamos los contratos de reubicación y estudiamos las reformas legislativas más recientes”, señala Loreto Ferrer.
Este tipo de procesos requiere una documentación minuciosa, un examen técnico cuidadoso y la habilidad de interpretar tanto el entorno local como los estándares internacionales correspondientes. Por ello, más que una acción aislada, el trabajo realizado en campo junto con la preparación del informe se integra en una dinámica de cooperación internacional sustentada en evidencia, criterios jurídicos y la comprensión de realidades sociales complejas.
Un caso concreto dentro de una experiencia más amplia
La participación de Loreto Ferrer en esta misión evidencia una labor profesional estrechamente relacionada con la cooperación internacional, la elaboración de documentación técnica y el examen detallado de casos complejos en América Latina. No consiste únicamente en acompañar procesos desde el ámbito jurídico, sino también en aportar a que las vivencias de las comunidades se transformen en insumos valiosos para la incidencia institucional y la protección de derechos.
En conjunto, el caso Ngöbe Buglé y el informe referente a Chan 75 evidencian que los equipos técnicos pueden asumir un papel significativo al reevaluar conflictos relacionados con el territorio, los pueblos indígenas, el desarrollo y las instituciones internacionales.




